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1ª modificación calendarios 2015

El Convenio marca que si la Empresa quiere realizar cualquier modificación sustancial de las condiciones de trabajo debe abrir un periodo de consultas de 15 días.

En el día de hoy la Dirección de TRI ha presentado dos modificaciones sustanciales dentro del mismo periodo de consultas. La primera consiste en un cambio de calendarios y la segunda, sobre esa modificación de calendarios, modificar el periodo vacacional. Los calendarios serían básicamente de 3R para Producción Laminación y las vacaciones en el mes de junio. Todo esto justificado en una pérdida de carga laboral por falta de pedidos.

Da igual los motivos que presenten, el objetivo es el mismo de siempre: FLEXIBILIDAD LABORAL a costa del colectivo de eventuales y una total falta de respeto por la vida familiar de las personas.

Con la pérdida de derechos en la reforma laboral y la ambigüedad del convenio en esta materia, sólo nos queda una alternativa que debiera concretarse urgentemente en una Asamblea General de Fábrica.